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ARTICULOS Y TEMAS DE INTERES PARA LOS FACTURADORES Y COMUNIDAD

ICD-10 – “The Day After”

ICD-10 – “The Day After”

Por:  Armando Ortiz,MA,Ed., Presidente

Asociación de Facturadores Médicos de Puerto Rico

           El título de este artículo me recuerda la película que lleva el mismo nombre.  Esta producción del cine enfatiza en las consecuencias de un ataque nuclear y los eventos posteriores.  Aunque la comparación es exagerada, la implementación del ICD-10 podría ser uno de los impactos de mayor repercusión en la industria de los servicios médicos y los seguros de salud desde la aprobación de la Ley Federal HIPAA en el 1996. 

            Debido a las exigencias de las leyes Federales y leyes en Puerto Rico, las personas y empresas relacionadas con el manejo de información y la facturación de servicios médicos tienen que establecer políticas para salvaguardar la privacidad, la seguridad y la confidencialidad de la información relacionada con la salud de los pacientes.   Una de las medidas que estableció la Ley Federal HIPAA es el uso de los códigos únicos (Título II – Administración Simplificada). 

            Los médicos y otros proveedores de servicios de salud evalúan al paciente, establecen diagnósticos clínicos y determinan el tratamiento a seguir.  Cada elemento incluido en esta actividad representa información clasificada por HIPAA como “PHI” (Protect Health Information).  El uso de un código universal para sustituir al diagnóstico escrito y al procedimiento médico es una herramienta efectiva para el cumplimiento de la ley.  El sistema de códigos que actualmente se utiliza para clasificar diagnósticos clínicos se conoce como ICD-9 (International Classification of Diseases).  Para los servicios y procedimientos médicos se utiliza el CPT-4 (Current Procedural Terminology).   Aunque el CPT-4 continuará siendo el recurso para la codificación de los servicios y procedimientos médicos, el ICD-9 tiene los días contados.  Este recurso dejará de utilizarse  30 de septiembre de 2014 según lo estableció la reglamentación HIPAA 5010.

            El 1 de octubre de 2014 entrará en vigor en Puerto Rico y en los Estados Unidos, el uso requerido del sistema de codificación ICD-10.  Este importante acontecimiento cambiará la forma de diagnosticar, manejar la documentación y facturar los servicios ofrecidos por el médico.  El sistema ICD-10 tiene ventajas significativas sobre el ICD-9.  El ICD-10 separa los códigos ambulatorios (ICD-10 CM) y los códigos institucionales /hospital (PCS).    Las siglas CM significan “Clinical Modification” y las siglas PCS significan “Procedure Coding System”.   El ICD-10 CM es un sistema de códigos que permite la especificidad y la lateralidad.  También permite la expansión.

            El sistema de codificación trae algunas novedades, entre ellas el uso de un séptimo dígito y el uso de los caracteres “dummies” – “placeholder”.  Es recomendable que los médicos, los facturadores y cualquier ocupación que se relacione directamente con la supervisión, finanzas y el manejo de la información (récord médico) se adiestren.  Algunas asociaciones profesionales, agencias del gobierno y codificadores han comentado que el uso del ICD-10 en sus inicios puede ocasionar retrasos o situaciones en los pagos por servicios médicos.  Considerando la seriedad de estos comentarios, es recomendable que las personas que le interesa adiestrarse seleccionen una empresa educativa o profesional reconocida en Puerto Rico o en los Estados Unidos.   Se debe investigar el origen de las empresas que venden sus adiestramientos, el tiempo que tienen en la industria, las experiencias anteriores, clientes y la satisfacción de éstos y los registros en las agencias del Gobierno de Puerto Rico.  Es importante recordar que la implementación y el uso del ICD-10 es un asunto económico.    El Departamento de Estado de Puerto Rico es una forma de asegurarse de la integridad de la empresa que le ofrece los servicios educativos.  Le recomendable entrar aquí:  (https://prcorpfiling.f1hst.com/CorporationSearch.aspx).   El lugar le permite buscar las corporaciones que oficialmente están registradas, los informes rendidos y los certificados solicitados.   Los ingresos van a depender del conocimiento y de las guías.

            El mes de marzo de 2014 es significativo para las pruebas con el ICD-10.  Algunos seguros de salud le han recomendado a los proveedores tener disponible una línea de crédito para cualquier eventualidad.  Las facturas para las reclamaciones manuales ya están disponibles (CMS 1500 -2012).  Todo parece indicar que ya no hay vuelta atrás.

            Las medidas que han tomado los seguros de salud y los proveedores son importantes para el cumplimiento con el ICD-10.   Pero, ¿Qué va a pasar después del 1 de octubre de 2014?... Esta publicación continuará el miércoles 12 de marzo de 2014).

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